Publicamos el documento de estudio para la realización de la etiqueta de eficiencia enérgetica de edificios realizado por el IRAM en diciembre de 2009.
INTRODUCCIÓN
La etiqueta de eficiencia energética especifica-da en esta norma tiene por objeto informar al consumidor sobre la eficiencia térmica de la envolvente de los edificios, de acuerdo con los parámetros y valores especificados en esta norma.
Mediante la etiqueta se califica la eficiencia a través de un sistema comparativo, compuesto por ocho clases de eficiencia energética identi-ficadas por las letras A, B, C, D, E, F, G y H, donde la letra A se adjudica a las envolventes de los edificios más eficientes y la H a las menos eficientes.
1 OBJETO Y CAMPO DE APLICACIÓN
Esta norma establece una metodología simplificada para el cálculo del nivel de eficiencia energética de las envolventes de los edificios susceptibles de ser calefaccionados, y las características de la etiqueta de eficiencia energética.
2 DOCUMENTOS NORMATIVOS PARA CONSULTA
Todo documento normativo que se menciona a continuación es indispensable para la aplicación de este documento.
Cuando en el listado se mencionan documen-tos normativos en los que se indica el año de publicación, esto significa que se debe aplicar dicha edición, en caso contrario, se debe aplicar la edición vigente, incluyendo todas sus modificaciones.
IRAM 11549 – Aislamiento térmico de edificios. Vocabulario.
IRAM 11601 – Aislamiento térmico de edificios. Métodos de cálculo. Propiedades térmicas de los componentes y elementos de construcción en régimen estacionario.
IRAM 11603 – Acondicionamiento térmico de edificios. Clasificación bioambiental de la República Argentina.
3 DEFINICIONES
Para los fines de la presente norma se aplican las definiciones de la IRAM 11549 además de las siguientes:
3.1 envolvente. Cerramiento del edificio. Inclu-ye tanto los opacos como los transparentes (techos, paredes, puertas, ventanas y similares), pero no incluye los pisos en contacto con el sue-lo. Incluye los pisos sobre espacios exteriores (por ejemplo: pisos sobre plantas libres).
3.2 temporada de calefacción. Período duran-te el año en que se necesita calefaccionar los ambientes, conforme al clima del lugar.
3.3 profesional responsable. Arquitecto, ingeniero o técnico con incumbencia en la construcción de edificios.
4 REQUISITOS
4.1 Para declarar la clase de eficiencia energéti-ca, los edificios deben tener una etiqueta como la descripta en el capítulo 6 y según lo especifi-cado en el capítulo 5.
4.2 A los efectos de la aplicación de esta norma la temperatura interior de diseño se establece en 20 ºC para todas las clases de eficiencia energé-tica.
4.3 En el caso de edificios con varias unidades funcionales debe realizarse la verificación de manera individual. En esos casos, para los mu-ros y entrepisos divisorios se adopta en el cálculo un salto térmico del 50% respecto de los expuestos al exterior.
4.4 La etiqueta debe marcarse en forma legible y se debe colocar, imprimir o adherir de forma que resulte claramente visible
5 CLASES DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
La clase de eficiencia energética se determina de conformidad con la tabla 1 y con los procedi-mientos definidos en el capítulo 7.
6 ETIQUETA
Modelo
La etiqueta debe cumplir con lo indicado en la figura 1. En el anexo A (normativo) se dan de-talles del diseño de la etiqueta.
Publicado por Vía D´oggi
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